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Divorcio sin pasar por tribunales: cómo es el nuevo proyecto que presentó el Gobierno

El oficialismo busca modificar el Código Civil para agilizar el trámite, reducir costos y evitar la judicialización. Los cambios que propone la iniciativa.

14 de octubre 2024, 22:00hs
Nuevo proyecto de divorcio exprés.
Nuevo proyecto de divorcio exprés.
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Este lunes el Gobierno de Javier Milei envió a Diputados un nuevo proyecto para agilizar los trámites de divorcio. La iniciativa busca finalizar el matrimonio por vía administrativa sin tener que pasar por la Justicia y tiene como único requisito el consentimiento de ambos cónyuges.

El artículo 435 del actual Código Civil y Comercial establece como causas para disolver el matrimonio la muerte de uno de los cónyuges, la sentencia firme de ausencia con presunción de fallecimiento y el divorcio declarado judicialmente. El nuevo proyecto suma el divorcio en sede administrativa como cuarto inciso.

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También incorpora al artículo 437 donde aclara que debe ser “exclusivamente a petición conjunta de ambos cónyuges”. El pedido se debe realizarse el oficial público encargado del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas correspondiente al último domicilio conyugal.

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En 2015 ya se había modificado la normativa vigente y se determinó que alcanzaba con la voluntad de al menos uno de los miembros de la pareja. Incluso sin necesidad de justificar las causas de la disolución del matrimonio.

Según indica el documento la nueva norma busca agilizar el trámite y hacerlo más económico. “Se propone implementar un divorcio simplificado con mayor libertad y menos oneroso, permitiendo de esta manera a los cónyuges, a través del divorcio administrativo, disolver su vínculo matrimonial de mutuo acuerdo para una vía más simple, más rápida y más económica”, indicaron.

El antecedente

El proyecto fue firmado por el presidente Milei, el ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona y el jefe de Gabinete, Guillermo Francos. La reciente iniciativa se suma a la Ley Ómnibus que el Gobierno envió al congreso con más de 70 leyes para derogar.

El artículo 352 de dicha norma decía: “Incorpórase la comunicación de la voluntad de disolver el vínculo presentada por los cónyuges en forma conjunta ante el órgano administrativo del último domicilio conyugal, la cual tendrá los mismos efectos que el divorcio’.”

Esto significaba que se podía poner fin al matrimonio de común acuerdo por la vía administrativa en lugar de la judicial. De aprobarse el nuevo proyecto desaparecería la mediación, ya que este tipo de divorcio exprés ante un juez (pero con un abogado) puede demorar 24 horas.

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