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Pami restringió aún más el acceso al 100% de reintegro en medicamentos: los requisitos

Se mantendrá la cobertura total para tratamiento de alta complejidad como obesidad extrema, trasplantes y oncología. Los detalles.

02 de diciembre 2024, 11:11hs
Pami cambió el beneficio de reintegro al 100% para medicamentos.

El Gobierno nacional fijó este lunes cambios claves para que los afiliados del Pami puedan acceder al 100% de reintegro en medicamentos. Para contar con el beneficio, ahora aplican nuevos requisitos y hasta la realización de un trámite especial.

En concreto, solo podrán tener el reintegro total aquellos que cobren como máximo una jubilación y media mínima. Al mismo tiempo, indicaron que quienes deseen continuar con el 100% de reintegro de algunos medicamentos que todavía cubre el Pami, es obligatorio inscribirse al llamado subsidio social.

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“En este momento, en el contexto de la firma de un nuevo convenio con la industria, llevamos adelante una nueva readecuación siguiendo nuestro plan de asegurar la sostenibilidad de los servicios en el tiempo y garantizar la mejor cobertura de medicamentos de toda la Argentina”, dice el comunicado oficial.

Pami aclaró que van a seguir con la cobertura de medicamentos al 100% como lo indica la legislación vigente. De todas maneras, solo se hará a través del subsidio social “para todos aquellos que realmente lo necesiten”.

A la vez, se recordó que quienes pretendan hacer el trámite para tener los remedios al 100% no pueden estar afiliados a la medicina prepaga (en simultáneo al Pami) y no pueden poseer más de un inmueble, aeronaves o embarcaciones de lujo.

Requisitos para tramitar el subsidio social y acceder al reintegro total en remedios

  • Tener ingresos menores a 1,5 haberes previsionales o hasta 3 haberes en caso de que el afiliado conviva con una persona que tenga Certificado Único de Discapacidad (CUD).
  • No estar afiliado a una prepaga.
  • No tener más de un inmueble, un vehículo de menos de 10 años ni ser dueño de bienes de lujo.
  • No ser titular de activos societarios que indiquen capacidad económica plena.
  • De no cumplir con los primeros dos puntos, si el costo de los medicamentos indicados para el tratamiento es igual o mayor al 15% de sus ingresos, el afiliado puede solicitar la cobertura al 100% a través de una vía de excepción.

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