La Provincia impulsa una reforma en la Ley de Tránsito y se espera que desde la semana próxima estén aprobadas las modificaciones que incluyen nuevas disposiciones sobre el uso de luces diurnas y algunos agravamientos de infracciones, además de la posibilidad de constatar faltas a través de cámaras.
El Ministerio de Seguridad confirmó que el proyecto tuvo despacho de comisión en la Legislatura de Córdoba y será votado en la sesión del lunes 29 de diciembre. La iniciativa apunta a modernizar la normativa y endurecer determinadas sanciones para quienes no respeten las reglas en calles y rutas de la provincia.
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Desde esa cartera provincial afirmaron que el texto recoge recomendaciones de especialistas de la Fundación Bloomberg, expertos en seguridad vial y propuestas de distintos bloques legislativos.
La propuesta contempla que sean válidas durante el día las DRL (Daytime Running Lights) o LDC (Luces Diurnas de Circulación o Rodaje). Son las luces led que vienen incorporadas en los autos más nuevos y que se prenden solas.
Puntos claves de la reforma
Entre los cambios más importantes que propone el proyecto, se destacan cinco ejes centrales:
1. Uso de luces diurnas:
Se modifica el artículo 74 para permitir el uso de luces diurnas de circulación (DRL) durante el día en rutas y autovías provinciales. Además, se baja la escala de la infracción y se elimina la reducción de puntaje para quienes no las utilicen.
2. Sanciones más duras para infracciones graves:
El artículo 115 se endurece para castigar con mayor severidad conductas como circular sin seguro obligatorio, no respetar los límites de velocidad, adelantar en zonas prohibidas, exceder el peso o tamaño permitido en vehículos de transporte, conducir estando inhabilitado, fugarse tras un siniestro, contaminar el ambiente o manejar de forma temeraria.
3. Digitalización y control remoto:
El artículo 108 habilita el uso de actas digitales y la constatación de infracciones por medios remotos y tecnológicos. Esto permitirá incorporar cámaras, sensores y otros dispositivos como pruebas válidas, además de reducir el uso de papel y agilizar los trámites.
4. Trabajo comunitario como sanción:
El artículo 121 suma el trabajo comunitario en dependencias oficiales o instituciones de bien público como nueva forma de castigo. También se podrán imponer cursos, talleres educativos y programas terapéuticos obligatorios para quienes cometan infracciones.
5. Agravamiento por reincidencia:
Con la creación del artículo 121 bis, se incorpora la figura de la reiterancia: la autoridad podrá considerar la reincidencia como un agravante, incluso antes de que quede firme la sanción anterior.



