El programa Compre sin IVA está vigente hasta el 31 de diciembre próximo y el Gobierno lo impulsó para compensar el efecto inflacionario que provocó la devaluación tras las elecciones Paso.
Consiste en la devolución del 21 por ciento en compras de productos que integren la canasta básica que hayan sido hechas con débito. El tope de reintegro es de 18.800 pesos al mes que se acreditan de manera automática dentro de las 48 horas posteriores al pago.
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En el marco de la crisis y los constantes aumentos es importante asegurarse el acceso al programa que permite la compra de alimentos, bebidas y hasta productos de higiene personal. En primer lugar, para ser beneficiario se debe integrar el grupo de las 23,5 millones de personas habilitadas por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)
Errores comunes
No todas las compras ni las formas de pago están sujetas al reintegro por eso los usuarios cometen errores a la hora de intentar obtener la devolución del IVA. Algunos de ellos son:
*Confundir las tarjetas alcanzadas: el reintegro solo se aplica a las compras con tarjeta de débito (entre ellas Alimentar y Potenciar Trabajo). No se hace la devolución del dinero con tarjetas de crédito, ni prepagas vinculadas a billeteras virtuales con CVU.
*Error en los pagos QR aceptados: la devolución del IVA se puede conseguir con pagos con QR desde billeteras virtuales solo si se elije una tarjeta de débito para pagar. Abonar con el dinero de una cuenta de billetera virtual no permite el reintegro.
*Pagar con una transferencia común: hacer una transferencia bancaria tradicional desde un celular con CBU o alias tampoco permite la devolución del IVA.
*No tener la CBU declarada en AFIP: es importante que AFIP tenga registrada una cuenta bancaria asociada al beneficiario para que pueda darse el reintegro. En la web de la entidad se puede consultar si hay cuentas vinculadas y declarar una en caso de que no haya.
*Elegir un comercio no incluido: el reintegro del 21 por ciento se da solo si la compra se hace en comercios inscriptos en AFIP. También deben ser de actividades específicas como supermercados, almacenes o farmacias.
*Exceder el límite mensual de devolución: AFIP solo devuelve un máximo de 18.800 pesos por persona, equivalente a compras de casi 90 mil pesos. Si ese monto se excede ya no ocurrirá el reintegro.