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Aumentan las escalas y los montos máximos del Monotributo

La suba sería del 51 por ciento a partir de 1 de enero de 2020. Igual quedará por debajo de la inflación.

05 de noviembre 2019, 10:12hs
Las escalas y cuotas del impuesto se actualizan en enero.
Las escalas y cuotas del impuesto se actualizan en enero.
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El valor de la facturación máxima para poder estar en el Monotributo y los montos de ingresos tope que permiten estar en cada una de las categorías del sistema se incrementarán en enero próximo en poco más de un 51 por ciento. 

En ese mismo porcentaje subirá también el importe que mensualmente deben pagar los contribuyentes y que está integrado por el componente impositivo y por los aportes con destino al régimen jubilatorio y a una obra social.

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Según los cálculos, si se realiza una actividad de prestación de servicios, el ingreso máximo anual para ingresar y permanecer en el régimen impositivo simplificado (Monotributo) será de aproximadamente 1.739.261 pesos, lo que da un promedio de ingresos de 144.938 pesos mensuales.

En la actualidad, ese tope es de 1.151.066 pesos, pero los contribuyentes reclaman que la inflación disparó los precios y es cada vez más difícil mantenerse en ese régimen. El contador Marcos Sequiera, explica estos nuevos cambios.

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En el sector del comercio, la facturación anual admitida será de hasta 2.608.892 pesos y un promedio de 217.408 pesos mensuales. 

¿Cómo quedarían los aportes mensuales totales por categoría según las estimaciones?

  • En la categoría "A", la más baja, de 1.294 pesos a 1.955 pesos.
  • En la categoría "B", de 1.447 pesos a 2.186 pesos.
  • En la categoría "C", de 1.654 pesos a 2.499 pesos por prestación de servicios y de 1.626 pesos a 2.457 pesos por actividad comercial.
  • En la categoría "H", de 6.254 pesos a 9.450 pesos por prestación de servicios y de 5.218 pesos a 7.884 pesos por actividad comercial.
  • En la categoría "K", la más alta, de 9.738 pesos a $14.174 pesos. 

El pago con destino a la prestación de salud será en todos los casos de 1.041 pesos por persona beneficiaria, mientras que el aporte jubilatorio se paga en función del nivel de facturación. 

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La nueva tabla de valores regirá desde de enero y será la que habrá que observar para el trámite de recategorización que habrá que hacer, en caso de corresponder, en ese mismo mes.

Los contribuyentes deberán observar en función de la facturación y de las otras variables contempladas en el monotributo si están en la categoría que les corresponde.

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