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La Corte Suprema dejó firme todas las condenas por las explosiones en Río Tercero

El máximo tribunal rechazó los recursos de los oficiales retirados del Ejército condenados a 10 y 13 años de prisión.

06 de mayo 2021, 23:15hs
Las explosiones ocurrieron en noviembre de 1995.
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Este jueves, la Corte Suprema dejó firmes todas las condenas por la voladura de la fábrica militar de Río Tercero ocurrida en noviembre de 1995 que dejó un saldo de siete muertes, 300 heridos y decenas de casas destruidas.

La condena es hacia tres militares retirados que fueron sentenciados a 13 y 10 años de prisión. Con este fallo de la Corte, quedó confirmada la certeza judicial de que se trató de “un atentado explosivo intencional que tuvo como objetivo borrar pruebas de la venta ilegal de armas a Croacia y Ecuador durante el gobierno de Carlos Menem.

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Los condenados son el entonces director de la Fábrica Militar Jorge Antonio Cornejo Torino, el director de Producción Carlos Franke y el director de Coordinación Empresaria Edberto Gónzalez de la Vega, que recibieron 13 años de prisión; y Marcelo Gatto, entonces jefe de Producción Mecánica, que recibió 10 años.

La Corte Suprema dejó firme todas las condenas por las explosiones en Río Tercero

Los tres fueron encontrados responsables del delito de estrago doloso seguido de muerte. El máximo Tribunal de la Nación rechazó por unanimidad los recursos deducidos por las defensas de Cornejo Torino, Gatto y González de la Vega. Con los votos de Elena Highton, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti, también rechazó el recurso deducido por la defensa de Franke. 

Los jueces señalaron que el incendio fue intencional y programado y que, además, fue colocado un artefacto que hizo que el fuego se expandiera por la fábrica, que quedó prácticamente destruida y fue imposible apagar las llamas. Además, indicaron que el atentado buscó justificar la faltante de armas producida a partir del envío en secreto de armas a Ecuador y Croacia ocurrido en la presidencia de Carlos Menem.

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