A principioS de abril, la AFIP emitió un comunicado informando que comerciantes, prestadores de servicios y profesionales estaban obligados a aceptar pagos a través de tarjetas de débito. Ahora, a través de un nuevo decreto, el Gobierno Nacional modifica esa ley que solo regulaba los medios de pago electrónico.
Desde este jueves, el dispositivo empleado para capturar la transacción (POS, MPOS, PIN PAD o cualquier otro) debe admitir "el cobro mediante todas las tarjetas de débito de las redes a las que estén adheridas más de una entidad financiera autorizada para operar en el país", ya que antes solo aceptaban tarjetas asociadas a cada marca.
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Con esta nueva normativa, los clientes podrán realizar transacciones con cualquier tarjeta de débito en operaciones superiores a 100 pesos. Además, establece que a partir de enero de 2020 se amplían los medios de pago equivalentes, como códigos de respuesta rápida o QR. Por lo tanto, solo deberán contar con dispositivos que acepten un medio de pago electrónico.
¿Qué hacer si no reciben? La Administración Federal de Ingresos Públicos solicitó realizar las denuncias a negocios que mediante la aplicación “MI AFIP”. Una vez descargada a los celulares, el usuario tiene que ingresar a la opción “Denunciá con Data Fiscal”.