Este fin de semana se celebra Navidad y el próximo Año Nuevo. Sumado a esto, muchos cordobeses empiezan sus vacaciones de verano y se espera un importante flujo de automovilistas en las rutas de la provincia.
Antes de iniciar el viaje, los conductores no solo deben tener en condiciones sus vehículos, sino que además deben contar con ciertos documentos que son obligatorios.
En ese contexto, el presidente Javier Milei incluyó en el súper decreto de necesidad y urgencia (DNU) modificaciones en los requisitos que deben cumplir los automovilistas. Si bien establece que las “autoridades provinciales o municipales no podrán establecer otros requisitos”, cabe aclarar que ambos Estados tienen la potestad para establecer sus propias leyes de tránsito.
+ MIRÁ MÁS: Asumió el jefe de Policía de Córdoba y prometió más personal en las calles
Según el DNU, “los únicos documentos exigibles para circular con el automotor” serán la cédula, licencia para conducir y el comprobante de pago de patente.
“Será obligatorio exhibir esos documentos a la autoridad competente, pero no podrán ser retenidos si no mediare denuncia de hurto o robo del automotor u orden de autoridad judicial”, agrega la resolución.
Qué pasará en Córdoba
Consultado por ElDoce.tv, el comisario mayor Iván Rey, que asumirá como jefe de Policía Caminera, explicó que analizarán el DNU de Javier Milei y con el Ministerio de Seguridad de la Provincia emitirán un comunicado cuando confirmen qué documentación solicitarán.
Qué pide Policía Caminera en las rutas
En lo que respecta a los requisitos para conducir, los documentos obligatorios con los que debe contar el automovilista son:
* Licencia para conducir: la digital “es complementaria” a la de formato físico. “Por ello, el conductor que decida bajar a su teléfono celular la Licencia Nacional de Conducir Digital debe también llevar consigo la Licencia de Conducir en formato físico”, remarcaron.
* Cédula de identificación del vehículo: para el titular registral del vehículo esta cédula no tiene vencimiento, pero si el auto es conducido por otra persona, la cédula tiene una vigencia determinada.
* Cédula de autorizado a conducir (tarjeta azul y/o rosa según corresponda).
* Comprobante de seguro.
Mientras que los requisitos para circular, es decir, los elementos de seguridad para vehículos, son:
* Cantidad de ocupantes permitida está determinada por el número de cinturones de seguridad que tenga el auto de fábrica.
* Los espejos retrovisores deben estar sanos y sin obstrucciones para la visibilidad del conductor.
* La baliza triangular puede ir guardada en el baúl hasta ser utilizada en caso de emergencia.
* Sillas especiales para niños: los menores de 10 años siempre deben viajar en el asiento trasero excepto que utilicen un dispositivo especial (silla homologada) para hacerlo en el asiento delantero de acompañante. Los niños de contextura física pequeña (por más que viajen en el asiento trasero) deben ir en sillitas o en booster que ayude a colocarse el cinturón de seguridad. Los bebés no pueden viajar en los brazos de un adulto.
* Las patentes deben ir colocadas en el lugar reglamentario, con sus respectivas luces, y en perfecto estado, con el alfanumérico bien visible, sin acrílicos ni marcos cobertores.
* Luces: a cualquier hora del día en rutas, llevar encendida la luz baja, las luces de posición y patentes.
* Matafuego: dentro del habitáculo, fijo y al alcance de la mano.
* Cinturones de seguridad: todos los ocupantes deben tenerlos correctamente abrochados.