• Últimas noticias
  • El Doce y vos
  • Cuarteteando
EN VIVO

Temas de hoy:

  • Belgrano
  • Naranjitas
  • Tiempo
  • Inseguridad
  • Accidentes
  • Manuel Adorni
  • Javier Milei
  • Talleres
  • Instituto
El DocePolítica

Dólar tarjeta: cómo pedir la devolución de Afip en 5 pasos

El trámite puede realizarse desde esta semana. La lista de requisitos a tener en cuenta.

02 de enero 2024, 14:25hs
afip-devolucion-dolar-ahorro
La presentación debe completarse mediante la web de Afip.
Seguinos en Google

Desde este 1 de enero quienes realizaron pagos en moneda extranjera con su tarjeta de crédito y débito durante el 2023 podrán solicitar lo retenido por las percepciones de Ganancias y Bienes Personales.

El 35% de los gastos en dólar tarjeta y dólar ahorro serán reintegrados a aquellos que no estén inscriptos en los tributos mencionados. Cabe recordar que esto incluye a quienes hayan abonado plataformas de streaming o música radicadas en el extranjero y los que usaron los plásticos como medios de pago fuera del país.

+ MIRÁ MÁS: Liberaron un cepo clave del dólar MEP: el beneficio para ahorristas

La devolución será sobre lo abonado entre enero y diciembre del año pasado y la presentación debe completarse a través de la web de Afip.

Cómo solicitar el reintegro de las percepciones al dólar tarjeta

1. Ingresar al sitio web de Afip con la Clave Fiscal correspondiente.

2. En la sección "Mis Aplicaciones Web", elegir la opción "Devolución de percepciones" y seleccionar la opción "Nuevo".

3. Indicar el período fiscal correspondiente y hacer clic en "Continuar".

4. En la pantalla, el contribuyente podrá ver las percepciones registradas en "Mis Retenciones" en el periodo seleccionado. Para continuar, se debe tildar aquellas que solicitan devolución.

5. Por último, seleccionar "Grabar" y luego "Presentar".

Quienes pueden pedir la devolución

El reintegro alcanza a aquellos que:

- No están inscriptos en el impuesto a las Ganancias ni les corresponde anotarse.

- No se encuentren inscriptos en el impuesto sobre los bienes personales, ni les corresponda realizar dicha inscripción.

- Están inscriptos en el impuesto a las ganancias pero no en bienes personales, exclusivamente por las percepciones realizadas bajo el código 219.

- Se encuentren inscriptos en bienes personales pero no en ganancias, exclusivamente por las percepciones realizadas bajo el código 217.

- Trabajen en relación de dependencia y no son pasibles de sufrir retenciones del impuesto a las ganancias por parte de su empleador como agente de retención.

- Trabajen en relación de dependencia y siendo pasibles de sufrir retenciones del impuesto a las ganancias por parte de su empleador, como agente de retención, les realizaron la percepción bajo el código 219.

Leé también

El pago del bono a jubilados inicia el 10 de enero.

Qué día de enero jubilados y pensionados cobran el bono de $55 mil

El Gobierno nacional oficializó la suba de la AUH.

Duplicaron el monto de AUH: cuándo cobran el aumento

El proyecto de ley que extendería el programa está a la espera de la definición del Senado.

Hasta cuándo rige la devolución del IVA y qué pasaría en 2024

Lo más leído

1

“Hemos vuelto para esto”: la emoción del Ruso Zielinski tras llevar a Belgrano a la final

2

Los hinchas de Belgrano coparon el Aeropuerto para recibir al plantel finalista: la fiesta con los jugadores

3

Hinchas de Belgrano escucharon el penal por radio antes que en el bar y el festejo fue épico

4

Con mañanas para tiritar, cómo sigue el tiempo después de la nieve en Córdoba

5

El Chino Zelarayán con El Doce: qué sintió en su tiro al palo, qué le dijo a Uvita y su frase sobre Belgrano

Temas de la nota

dólar ahorroDevoluciónImpuesto a las gananciasbienes personales

Más notas sobre Política

Grabaron a Cristina Kirchner en la calle y se desató la polémica: el motivo por el que salió

Grabaron a Cristina Kirchner en la calle y se desató la polémica: el motivo por el que salió

Del fin de los naranjitas a la regulación

Del fin de los naranjitas a la regulación

El Concejo Deliberante aprobó la ordenanza "naranjita" en Córdoba.

Ordenanza “naranjita” en Córdoba: qué falta para que empiece a regir y cuáles son los puntos polémicos

© 2026, TELECOR SACI

Seguinos en las redes

Últimas noticias

  • Horóscopo de Piscis de hoy: lunes 18 de mayo de 2026
  • Horóscopo de Acuario de hoy: lunes 18 de mayo de 2026
  • Horóscopo de Capricornio de hoy: lunes 18 de mayo de 2026
  • Horóscopo de Sagitario de hoy: lunes 18 de mayo de 2026

Secciones

  • Últimas noticias
  • Actualidad
  • Política
  • El Doce y vos
  • Cuarteteando
  • Agenda
  • Show
  • Deportes
  • Estadísticas Deportivas
  • Tendencias
  • Internacional
  • Opinión

Sitios amigos

  • TN
  • eltrece
  • Ciudad Magazine
  • Cucinare

Seguinos en las redes

© 2026, TELECOR SACI

Mapa del sitioTérminos y condicionesComunicadosComercial