Los cordobeses que no hayan participado de las elecciones a gobernador pueden recibir alguna sanción, aunque desde la Justicia Electoral aclararon que no aplicarán multas económicas.
Aunque votar es obligatorio, hay algunos grupos que están excusados del deber cívico. Se trata de:
- Menores de 18 años.
- Mayores de 70 años.
- Jueces y sus auxiliares que trabajen en el acto comicial.
- Personal de organismos y empresas de servicios públicos (por razones de servicio como, por ejemplo, médicos).
A cuántos kilómetros debo estar para justificar la no emisión del voto
Aquellos que estén a más de 500 kilómetros del lugar donde deban votar podrán justificar su ausencia. Para ello, el mismo día de las elecciones deben presentarse en la sede policial más cercana y pedir el certificado correspondiente.
Cabe remarcar que tienen que justificar el alejamiento con “motivos razonables”.
Qué pasa si el día de la votación me enfermo
Aquellos que no puedan llegar al cuarto oscuro por una enfermedad imprevista tendrán que presentar un certificado médico. El mismo deberá ser emitido por un centro de salud público o, en ausencia de éstos, por médicos particulares.
+ MIRÁ MÁS: Llaryora cuestionó el paro docente por el conflicto en Jujuy: “Me parece una barbaridad”
El plazo es de 60 días. Desde la Justicia Electoral indicaron que después de los comicios darán a conocer la vía para iniciar este trámite.