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Hasta cuándo hay tiempo de justificar la no emisión del voto en las Paso

La Secretaría Electoral Distrito Córdoba informó la fecha de vencimiento del plazo. Los infractores que no presenten justificativo serán multados.

05 de octubre 2023, 09:50hs
Para evitar multas, se puede justificar la no emisión del voto.
Para evitar multas, se puede justificar la no emisión del voto.
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El pasado domingo 13 de agosto se realizaron las Primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias (Paso), en las que se definieron los candidatos a presidente que competirán el 22 de octubre en las elecciones generales.

A casi dos meses, desde la Secretaría Electoral Distrito Córdoba informaron que aquellas personas que figuren en el padrón electoral y no asistieron a sufragar deberán presentar un justificativo para evitar sanciones económicas.

 + MIRÁ MÁS: Cambios en el padrón electoral para las elecciones generales: cómo consultarlo

Advirtieron que la justificación de la no emisión de voto vence el jueves 12 de octubre, ya que se cumplirían los 60 días de la elección. El procedimiento es a través del sitio oficial del Registro de Infractores al deber de votar.

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Cómo solicitar la justificación

- Ingresar al sitio https://infractores.padron.gob.ar/ y rellenar los casilleros con datos personales.

- Seleccionar "solicitar justificación" en la fecha de elección correspondiente.

- Elegir motivo de la no emisión del voto: laborales, denuncia de fallecimiento, distancia mayor a 500 kilómetros, enfermedad, familiar enfermo, razones económicas, fuerza mayor, extravío de DNI, funciones electorales, fuera del país, certificado de discapacidad.

- Adjuntar documentación y/o certificación. 

- Enviar solicitud.

Hasta cuándo hay tiempo de justificar la no emisión del voto en las Paso
Hasta cuándo hay tiempo de justificar la no emisión del voto en las Paso

Cabe remarcar que, una vez enviada la solicitud de justificación, la aceptación será “evaluada por la Justicia Electoral Nacional”. “Esta resolución no es inmediata y puede demorar varios días”, se lee en el sitio y recomiendan “consultar a la brevedad”.

Multa

En caso de que el ciudadano mayor de 18 años y menor de 70 años no solicite la justificación deberá pagar una multa y quedará en la lista del Registro de Infractores al deber de votar. Así lo establece el artículo 125 del Código Electoral Nacional, en el que se detalla que la multa que se impondrá va de 50 a 500 pesos.

El infractor “no podrá ser designada o designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección”. Además, quien no pague la multa “no podrá realizar gestiones o trámites ante los organismos estatales nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires durante un año”.

Qué pasa si se acumulan infracción

- Si el elector no tiene infracciones previas sin regularizar: $50

- Si el elector tiene 1 infracción previa sin regularizar: $100

- Si el elector tiene 2 infracciones previas sin regularizar: $200

- Si el elector tiene 3 infracciones previas sin regularizar: $400

- Si el elector tiene 4 o más infracciones previas sin regularizar: $500

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