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La Justicia rechazó el amparo contra la aplicación del aborto en Córdoba

La Cámara Contencioso Administrativo N°1 no hizo lugar al pedido de inconstitucionalidad presentado por García Elorrio y Portal de Belén.

18 de mayo 2023, 16:37hs
El recurso de amparo fue presentado en abril de 2021.
El recurso de amparo fue presentado en abril de 2021.
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La Cámara Contencioso Administrativo N° 1 de Córdoba resolvió este jueves rechazar un recurso de amparo para suspender la aplicación del aborto en la provincia. El pedido de inconstitucionalidad había sido presentado por Aurelio García Elorrio y la ONG Portal de Belén en abril de 2021.

Con un fallo dividido, los jueces Gabriela Cáceres y Ángel Antonio Gutiez no hicieron lugar a la presentación judicial realizada por el exlegislador, quien había solicitado que se "suspenda de inmediato" y se declare "inconstitucional" la aplicación de la ley IVE en Córdoba.

La Justicia rechazó el amparo contra la aplicación del aborto en Córdoba
La Justicia rechazó el amparo contra la aplicación del aborto en Córdoba

La mayoría de camaristas rechazó el planteo de que en Córdoba no existe un plan o programa provincial diferente sobre el aborto de lo que dispone la ley nacional y que es por esto que corresponde decidir sobre la cuestión a la Justicia federal.

"Esto demuestra que por la sola voluntad de quien pretende transformarse en el defensor de los niños no natos, lo que se busca es convertir a este Tribunal en un Tribunal Constitucional que derogue para todos los cordobeses una ley nacional”, criticó con dureza el juez Ángel Antonio Gutiez.

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“La ley no fomenta que se maten niños. La ley no fomenta abortos, lo único que la ley hace es permitir que los abortos que decidan las mujeres se hagan en un ámbito en el que su salud sea protegida", agregó Gutiez.

La Justicia rechazó el amparo contra la aplicación del aborto en Córdoba
La Justicia rechazó el amparo contra la aplicación del aborto en Córdoba

El camarista Leonardo Massimino, por su lado, fue de los que votó por la admisión del amparo y el planteo de inconstitucionalidad. “La práctica interruptiva del embarazo deviene, como lógica implicancia, inválida en el ámbito de la provincia de Córdoba por carecer de fundamento constitucional”, precisó.

El magristado indicó que la norma que autoriza la interrupción voluntaria del embarazo “contradicen” expresas disposiciones de jerarquía superior del ordenamiento jurídico vigente, en cuanto “protegen y garantizan el derecho a la vida desde la concepción”.

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