De acuerdo a una nueva disposición del Gobierno Nacional, los padres separados podrán trasladar excepcionalmente a sus hijos, pero siguiendo un estricto protocolo con una declaración jurada.
"El progenitor, referente afectivo o familiar que tenga a su cargo realizar el traslado deberá tener en su poder una declaración jurada a fin de ser presentada a la autoridad competente, junto con el DNI del niño, niña o adolescente, a los fines de corroborar la causa del traslado", indica la resolución. El formulario para completar la declaración jurada puede descargarse en este enlace.
Como excepción, se considerará, por ejemplo, "cuando al momento de entrar en vigencia la medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio el niño, niña o adolescente se encontrase en un domicilio distinto al de su centro de vida, o al más adecuado al interés superior del niño, niña o adolescente para cumplir el aislamiento social mencionado. Este traslado debe ser realizado por única vez".
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También significa una excepción "cuando uno de los progenitores, por razones laborales de asistencia a terceros u otras causas de fuerza mayor, deba ausentarse del hogar en el que se encuentra el niño, niña o adolescente; pueda trasladarlo al domicilio del otro progenitor, familiar o referente afectivo".
La tercera excepción son los motivos de salud: "Cuando por razones de salud y siempre en beneficio del interés superior del niño/a, pueda trasladar al hijo/a al domicilio del otro progenitor".
En Córdoba
Tras esa resolución, las juezas y el juez de familia de la ciudad de Córdoba aclararon que el mismo no habilita el cumplimiento de regímenes de contacto tal como se desarrollan habitualmente.
"Solo contempla el traslado del niño, niña o adolescente al domicilio del progenitor en donde habitualmente vive, si es que al momento de inicio de aislamiento quedó en el inmueble del otro progenitor o en otro lugar", indicaron.
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"Es decir, se reitera, se encuentran suspendidos provisoriamente los sistemas de comunicación paterno/materno filiales, tal como fueron fijados", subrayaron, y cerraron aclarando que "en los casos de cuidado personal alternado (mitad del tiempo con cada progenitor) deberá permanecer en el domicilio en donde estaba al comienzo del aislamiento".