Un posteo del Ministerio de Salud de la Nación promoviendo los métodos anticonceptivos irreversibles a partir de los 16 años generó un debate a favor y en contra en las redes sociales.
ElDoce.tv consultó a especialistas su opinión acerca de lo que implica que un adolescente acceda a esa práctica quirúrgica y esterilizante, como así también los requisitos que dicta la ley en Córdoba.
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Rocío Cruz Álvarez (médica, jefa de residentes de Medicina Familiar FCM-UNC e integrante de la Red de Profesionales por el Derecho a Decidir) explicó a este medio que a partir de la sanción de la , la provincia de Córdoba estableció en lano solo como requisito excepcional la firma del consentimiento informado sino también una instancia de consejería.
¿Qué implica la instancia de consejería?
El artículo 5 de la ley 9.344 remarca que aquellos centros de salud públicos que realicen ligaduras de trompas y vasectomía “deben organizar una instancia de consejería, previa al consentimiento informado, en la cual se garantice:
a) La provisión de información veraz, actualizada y accesible al solicitante de la práctica, sobre métodos alternativos de anticoncepción;
b) Las características del procedimiento quirúrgico requerido;
c) Las consecuencias de la intervención, y d) Las posibilidades de reconstrucción anatómica y de restitución funcional.
La instancia de consejería mencionada debe estar integrada por un profesional gineco-obstetra o urólogo, un psicólogo y un trabajador social, debiendo abocarse a su consejo en un plazo no mayor de sesenta (60) días de solicitada la práctica quirúrgica”.
Cabe aclarar que "antes de realizar el procedimiento se hacen los estudios pre-quirúrgicos (laboratorio y electrocardiograma) como cualquier otra intervención que requiera anestesia".
Qué implica que un adolescente acceda a estos métodos
Para Álvarez, "implica que acceda a un derecho". "Así como hay adolescentes de 16 que eligen maternar o paternar también existen aquellos que saben que su proyecto de vida no implica ese camino", remarcó la profesional al resaltar que la ley 26.130 está vigente desde 2006.
Sumado a esto, el Código Civil actual "reconoce que desde los 16 años las personas pueden tomar de manera autónoma todas las decisiones sobre el cuidado de su cuerpo".
"Como profesional de la salud debemos brindar toda la información disponible, de forma clara y actualizada de manera tal que fortalezcamos la autonomía de los adolescentes y puedan tomar las mejores sobre su salud", expresó Rocío Álvarez a ElDoce.tv.
Las consecuencias
La especialista aclaró que la ligadura de trompas y vasectomía "son métodos anticonceptivos quirúrgicos que solamente impiden la unión de las gametas".
Esto significa que “no alteran el funcionamiento de los ovarios ni testículos, ni de las glándulas anexas”. Y detalló: “La menstruación sigue igual, la lubricación también, lo mismo para la erección y eyaculación. No tienen efectos colaterales en el largo plazo”.
Ante la consulta sobre si hay vuelta atrás luego de acceder a estos métodos, afirmó: "Existen cirugías para recanalizar pero suelen tener muy baja tasa de éxito, por lo que se explica a los usuarios que son irreversibles".
"No habría forma de embarazo 'natural'. De todas maneras los ovarios y testículos continúan funcionando, por lo que en caso de buscar un embarazo existen los métodos de fertilización asistida y la adopción siempre es otra opción de ma-paternidad", subrayó.