Tras el anuncio de Alberto Fernández y el pedido particular de cada intendente, el COE central determinó los alcances que tendrá en Córdoba esta nueva etapa denominada "cuarentena en fase de segmentación geográfica".
De acuerdo a criterios epidemiológicos y de características de densidad poblacional de las distintas localidades, se clasificaron las distintas áreas en dos categorías: zonas rojas y zonas blancas.
ZONAS BLANCAS:
Se consideran aquellas conformadas por localidades que no cuentan con casos positivos activos (nula circulación viral) y que no se encuentren dentro de los grandes conglomerados.
Para estas zonas, rigen las siguientes medidas:
Comercios
Se regirán días (de lunes a sábado) y horarios (de 8hs a 16hs) para la apertura de los diferentes rubros, mientras que la concurrencia se efectuará según sea la terminación del DNI. Quienes finalicen su DNI con números pares podrán concurrir los días del mes pares e impares los días impares. Las actividades comerciales comprendidas en esta flexibilización son aquellas que no impliquen permanencia del cliente en el local comercial.
Obra privada
Solamente se podrán retomar obras no habitadas (nuevas o ya iniciadas) y se deberá gestionar en el municipio un permiso especial de reactivación de obra con carácter de declaración jurada, se deberá designar un responsable por obra. La cantidad máxima de operarios no podrá ser mayor a 5 (en casos particulares se deberá solicitar un permiso excepcional), se deberá asegurar que la ropa de traslado no sea la misma con la que trabaja, se garantizará la alternancia de distintos rubros, la jornada deberá ser de 8hs a 14hs de lunes a viernes, la compra y pedido de materiales será online.
Profesiones independientes
Para aquellas que no requieran contacto estrecho físico podrán atender dos días por semana, sin empleados, hasta dos clientes por hora (con turnos previamente otorgados), de 8hs a 16hs y solo se permitirá el traslado por zonas blancas. En este sentido, por ejemplo, las peluquerías no podrán abrir sus puertas.
Justicia
Por su parte, el Poder Judicial y el Ministerio Público Fiscal elevarán un protocolo ante el COE para la apertura de Sedes Judiciales en las zonas libres de COVID – 19. Dicha iniciativa será evaluada, analizada y eventualmente autorizada por el Centro de Operaciones.
Cabe señalar, no obstante, que será facultad del COE declarar, en cualquier momento y por razones epidemiológicas, nuevas zonas rojas en las que, por lo tanto, se deberá retrotraer la flexibilización.
ZONAS ROJAS:
Se considera zona roja aquellas localidades que cumplan uno o más de los siguientes criterios:
- Que tengan casos positivos activos y/oque tengan transmisión comunitaria.
- Que se encuentrendentro de los cuatro grandes conglomerados definidos por el Centro de Operaciones de Emergencia, que son:
- Córdoba y Gran Córdoba (Córdoba Capital, Los Cedros, Villa Parque Santa Ana, Villa del Prado, Alta Gracia, Toledo, Malagueño, Villa Carlos Paz, Villa Allende, Mendiolaza, Unquillo, Rio Ceballos, Salsipuedes, Saldan, La Calera, Rio Segundo, Pilar, Malvinas Argentinas, Mi Granja, Monte Cristo, Bower, Colonia Tirolesa, Estación Juárez Celman, Falda del Carmen, Santa María de Punilla y Bialet Masse).
- Rio Cuarto, Las Higueras y Santa Catalina.
- Villa María y Villa Nueva.
- San Francisco.
En estas zonas rojas se deberá continuar con el aislamiento social preventivo y obligatorio tal como hasta ahora, sin medidas que la flexibilicen. Por razones epidemiológicas y de salud pública, momentáneamente el Centro de Operaciones de Emergencias no habilita las salidas de esparcimiento o recreativas en ninguna localidad del territorio provincial, indistintamente a la zona de la segmentación geográfica a la que pertenece, hasta que sean elaborados los protocolos correspondientes.
Aclaraciones:
Para el grupo de riesgo considerado en esta pandemia a personas mayores de 60 años, no se aplican las nuevas medidas de esta fase continuando con el aislamiento social preventivo y obligatorio.
+ El vicegobernador explicó los detalles de la flexibilización:
Para las distintas actividades permitidas será de uso obligatorio el barbijo no quirúrgico. Además, se deberá respetar en todo momento la distancia mínima de 2 metros entre las personas y sostener las medidas de higiene de manos e higiene respiratoria.
Cualquier caso particular no contemplado en las medidas mencionadas será evaluado por el COE Central en conjunto con los COE regionales. Asimismo, se solicitará a los intendentes o jefes comunales la adhesión vía sus respectivos Concejo Deliberante a estas medidas de flexibilización.