Matías Chirino (22) murió el fin de semana del Día del Padre del 2022 en la fiesta de iniciación en el cuartel de Paso de los Libres. El subteniente cordobés del Ejército Argentino había ingresado al Grupo de Artillería de Monte 3 de la ciudad correntina de Paso de los Libres.
En marzo de este año, el juez federal Gustavo Fresneda procesó a los nueve oficiales acusados de matar al joven y mantuvo la imputación de homicidio culposo.
Ahora, la familia de Chirino a través de su abogado Enrique Novo apelaron la resolución del juez Fresneda, quien sostuvo que se trató de una negligencia o imprudencia. Además, exigieron se dicte un nuevo procesamiento pero por el delito de homicidio agravado.
“Procesa a los imputados por un supuesto incumplimiento en los deberes de cuidado de mi hijo, pretendiendo garantizarles así la impunidad sobre lo realmente sucedido y en relación al verdadero delito materializado, que no fue otro que de homicidio agravado”, manifestó Ezequiel Chirino, papá de Matías, en una carta.
Y agregó: “Se desvía la imputación sobre una supuesta violación de los deberes de cuidado, intentando con ese desvío llevar debajo de la alfombra de un proceso barroco, a la verdadera causa de la muerte de mi hijo, que no fue otra que el desenlace del perverso juego al que llamaban bautismo”.
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El papá de Matías insistió en que el “llamado bautismo militar lo ocultan como cena de camaradería de bienvenida consistente en prácticas abusivas, arbitrarias sobre las personas que tienen jerarquía inferior en el rango militar, las que finalmente provocaron la consecuencia, su muerte (factor final) y esto es abarcado por un sentido unitario a los efectos de la prohibición (factor normativo)”.
Además, volvió a cuestionar la figura de homicidio culposo al entender que la resolución dictada por el juez federal “es contradictoria y carece de congruencia” porque en primer lugar “declara como acreditadas las referidas conductas ilegales, abusivas y sádicas” y luego “se desentiende de tales conductas para centrarse en una supuesta violación del deber de cuidado”.
La querella también pidió que se declare inconstitucional del artículo 311 del Código Procesal Penal que “veda la posibilidad de recurrir el auto de procesamiento dictado” contra los nueve militares.
Sobre esto, manifestaron que esa medida “cercena el derecho de la víctima a que se sancione a los responsables y a la tutela judicial efectiva que exige a los jueces que dirigen el proceso a evitar la impunidad, frustrando así la debida protección judicial de los derechos humanos”.
“También incumple con la obligación por parte del Estado de permitir a los familiares de la víctima el pleno acceso a todas las etapas e instancias de las investigaciones practicadas y viola el principio de la igualdad procesal que gobierna a toda persona con respecto a sus pares”, concluyeron.