El Juzgado en lo Civil y Comercial de 3° Nominación de la ciudad de Bell Ville ordenó el corte de los servicios telefónicos a un padre que incumplió la cuota alimentaria a sus hijos, y prohibió que se le otorguen nuevas líneas.
Además, la Justicia dispuso la suspensión de la licencia de conducir “ciclomotores” otorgada por la comuna y prohibió su renovación hasta el cumplimiento efectivo de la deuda alimentaria.
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El juez Ricardo Bruera remarcó que “el derecho alimentario constituye un derecho humano básico y resulta derivación del derecho a la vida”. Este incumplimiento "compromete el derecho de los hijos a un nivel de vida adecuado".
Según indicó la Justicia en el fallo, la conducta del progenitor configura un caso de violencia de género. “La falta de pago de la cuota alimentaria afecta directamente a la madre, pues ocasiona un deterioro de su situación económica, ya que debe cubrir de manera exclusiva las necesidades materiales de su hija, con la consiguiente limitación injustificada de sus propios recursos económicos”, señaló el juez.