El principio de presunción de inocencia fue clave para que Julieta Silva reciba solo tres años y nueve meses de prisión por la muerte de su novio, el rugbier Genaro Fortunato, a quien pasó por arriba con su auto luego de discutir con él y girar en U, según ella, para devolverle el celular. Para la Justicia, no se pudo probar que haya querido atropellarlo.
Por eso el Tribunal Penal 1º de San Rafael, Mendoza, condenó a la joven de 30 años a homicidio culposo agravado, entendiendo que no tuvo intención de asesinar a su pareja. Tras la sentencia dictada el 3 de septiembre, este martes se conocieron los fundamentos del fallo.
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"No está acreditado que lo vio caer. No hubo intención de pisarlo porque aunque discutieron no había una motivación homicida, sumado a que las condiciones climáticas, lluvia, niebla y escasa luz durante la noche, agravaron la visibilidad de Silva", señalaron los jueces. "El conocimiento exigido para la determinación del dolo (la intención) debe ser real y efectivo, mas nunca potencial", agregaron.
Los magistrados afirmaron que, a pesar de la discusión previa, "no es posible extraer algún tipo de motivación que derivara en una conducta homicida dolosa por parte de la imputada".
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Sin embargo, recibió la condena a prisión porque condujo de manera imprudente: sin sus lentes recetados, sin desempañar los vidrios y bajo los efectos del alcohol. "No solo no aumentó los niveles de cuidado, sino que además desatendió la calzada, avanzando por ella con distracción, sin mirar hacia adelante con detenimiento, lo que le impidió ver el cuerpo de Genaro recostado en medio del espacio destinado especialmente a la circulación vehicular", fundamentó el tribunal.