El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social emitió un comunicado en el que expresa que quienes cuenten con empleadas domésticas tienen la posibilidad de recibir un reintegro equivalente al 50% del bono que darán de $25.000. Este será distribuido en dos pagos de $12.500 cada uno, en septiembre y octubre.
A través de la Resolución 1136 publicada en el Boletín Oficial, se estableció un mecanismo para que los empleadores que paguen la asignación no remunerativa a los trabajadores y trabajadoras del Régimen de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares, puedan solicitar el reintegro de hasta el 50%.
Los requisitos para contar con este beneficio son:
-Que la relación laboral haya estado activa en los meses de agosto y septiembre de 2023.
-Que se encuentre previamente registrado el pago de la asignación no remunerativa.
-No haber estado alcanzado por el impuesto de Bienes Personales en el ejercicio fiscal 2022.
-No encontrarse en el Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL).
-No poseer ingresos mayores a $1.500.000 netos en el mes de agosto de 2023, por empleador o empleadora.
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Además, se aclaró que el pago del 50% de los bonos será de acuerdo al monto especificado en cada situación individual. Esto se debe a que se ha establecido un límite de 25 mil pesos para los empleados que trabajen 40 horas a la semana, por lo cual, el importe se ajustará en función de las horas trabajadas. Es decir, si una persona únicamente cumple con 20 horas, el monto se reducirá a la mitad ($12.500) lo que equivale a dos pagos de $6.250 cada uno.
Si algún empleador no reúne los requisitos necesarios deberá someter la documentación requerida cada mes en el que deseen recibir el reembolso correspondiente a la cantidad fija estipulada.
Para solicitar el reintegro, los empleadores deberán presentar:
-Declaración jurada del monto abonado en concepto de asignación no remunerativa y fecha de pago de la misma.
-Datos de la cuenta bancaria a nombre del empleador o la empleadora, identificando su correspondiente Clave Bancaria Uniforme (CBU).
-Declaración Jurada de ingresos netos percibidos en el mes de agosto de 2023 por el empleador o la empleadora y fuente de los mismos.
-Declaración Jurada de la cantidad de horas trabajadas por el trabajador o la trabajadora sujeta al “Régimen de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares” en el mes de agosto de 2023.
-Lugar de residencia del empleador o de la empleadora.
-La solicitud deberá realizarse a través del portal web de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).