“La Ley Provincial de Tránsito Nº8560 dispone que el valor de la multa se determine en Unidades Fijas, cada una de las cuales equivale al menor precio de venta al público correspondiente a 1 litro de nafta súper”.
En ese comunicado del Boletín Oficial de la Provincia, se especifica que el nuevo valor para determinar las multas es de 32,83 pesos. Es decir el precio más bajo de la nafta tras el último aumento.
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Cómo quedan los valores
La Ley de Tránsito Nº8560 divide entre varias categorías dependiendo el tipo de falta. Para las infracciones leves, corresponde multa de 20 hasta 100 Unidades Fijas (U.F.). Por lo tanto en dinero será desde 656,60 pesos hasta 3283 pesos. Este tipo de infracciones pueden ser pararse sobre una intersección o cruce de peatones; estacionar en autopistas o autovías; manejar fumando; circular con enganches; etc.
Para infracciones graves corresponde multa de 100 hasta 200 U.F. Es decir, desde 3283 a 6566 pesos. Estas faltas pueden ser sobrepasar a otro vehículo de manera riesgosa; adelantarse por el lado derecho; falta de cinturones de seguridad o cabezales; no tener todas las luces en correcto funcionamiento; etc.
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Para infracciones muy graves la multa es de 200 a 400 U.F. Trasladado a pesos: 6566 hasta 13132 pesos. Ejemplos: conducir con niveles de alcoholemia superiores al permitido; conducir habiendo ingerido estupefacientes; circular con luces alta en zonas urbanas o cuando haya otro vehículo de frente; circular a contramano; etc.
Y por último, también hay un tipo de infracción considerada como “máxima” y corresponde una multa de hasta 2000 U.F., es decir más de 65 mil pesos. Como ser conducir sin haber obtenido la autorización administrativa correspondiente; instalar publicidad en lugares prohibidos; destruir señales de tránsito; etc.