Ser padres no es una tarea para nada sencilla. Sin embargo, aplicar correctivos se volvió una costumbre que da lugar a la violencia doméstica. Por esta razón, el Código Civil y Comercial, que entró en vigencia en 2015, prohíbe todo tipo de castigo físico, por más leve que sea, de los padres hacia los hijos menores de edad. Esto significa que se configura en el delito de lesiones leves.
Ante estas circunstancias, el juez de Competencia Múltiple de Villa Cura Brochero, José María Estigarribia, denegó el sobreseimiento de un hombre imputado por golpear a su hijo de ocho años. Está acusado de lesiones leves calificadas reiteradas, tal como lo describe la ley.
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Además, el magistrado entendió que en lugar de ese poder de corrección, los progenitores deben prestar orientación y dirección. La normativa considera a los hijos sujetos de derecho y tienen que ser educados a través del diálogo.
Estigarribia insistió en que es penalmente reprochable el comportamiento de maltrato doméstico que consolida un patrón de dominación violenta y de afección a la integridad y dignidad del niño.
Por eso, apuntó a la importancia de “desterrar el modo violento de vinculación intrafamiliar” porque lleva a los niños y adolescentes –que actualmente sufren violencia- a que “sean los posibles adultos violentos del mañana, reiterando el padrón de conducta aprendido”.