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La pena que recibirá el empleado del sanatorio por abandonar a Blas Correas

El trabajador acordó un juicio abreviado. Otras dos empleadas del centro de salud fueron sobreseídas y pagaron una multa.

12 de octubre 2023, 11:38hs
Valentino Blas Correas fue asesinado el 6 de agosto de 2020. Foto: Lucio Casalla / El Doce.
Valentino Blas Correas fue asesinado el 6 de agosto de 2020. Foto: Lucio Casalla / El Doce.

Valentino Blas Correas (17) murió mientras agonizaba arriba del Fiat Argo luego de ser baleado por policías en la madrugada del 6 de agosto de 2020. Fue en la esquina del boulevard Chacabuco y Corrientes, a pocos metros del Sanatorio Aconcagua de Nueva Córdoba donde se negaron a atenderlo cuando sus amigos pidieron auxilio desesperados.

A tres años del crimen y a siete meses de la condena a perpetua para los policías que dispararon, la Justicia de Córdoba sobreseyó a María Laura Moya y Paola Andrea Mezzacapo, empleadas del centro de salud privado. Ambas, imputadas por omisión de auxilio, accedieron al beneficio luego de pagar una multa de 12.500 pesos, tal como prevé el Código Penal para el delito que afrontaban.

 + MIRÁ MÁS: Toda la información sobre el crimen de Valentino Blas Correas

Ahora, el tercer empleado implicado en el hecho, Fernando Gabriel Casalino, enfrentará un juicio abreviado previsto para el próximo martes 17 de octubre en la Cámara Octava del Crimen. Está imputado por abandono de persona, delito que prevé una pena que va de 2 a 6 años de prisión. 

La pena que recibirá el empleado del sanatorio por abandonar a Blas Correas
La pena que recibirá el empleado del sanatorio por abandonar a Blas Correas

Al tratarse de un juicio abreviado, Casalino recibirá dos años y seis meses de prisión en suspenso. Así lo confirmó el fiscal de Cámara, Fernando López Villagra, quien explicó en radio Mitre Córdoba que se realizó un acuerdo con la defensa y con el pleno conocimiento de la querella, en este caso, el abogado que representa a la mamá y el papá de Valentino Blas Correas.

El trabajador llega a juicio en libertad, por lo que tampoco quedará detenido. El artículo 106 del Código Penal establece que: "El que pusiere en peligro la vida o la salud de otro, sea colocándolo en situación de desamparo, sea abandonando a su suerte a una persona incapaz de valerse y a la que deba mantener o cuidar o a la que el mismo autor haya incapacitado, será reprimido con prisión de 2 a 6 años”.

Y agrega: “La pena será de reclusión o prisión de 3 a 10 años, si a consecuencia del abandono resultare grave daño en el cuerpo o en la salud de la víctima. Si ocurriere la muerte, la pena será de 5 a 15 años de reclusión o prisión".

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