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Pidió quedar bajo guarda de la pareja de su abuelo fallecido y la Justicia la autorizó

Pese a que la ley indica que la custodia de un menor debe estar a cargo de un pariente, una jueza de Bell Ville hizo lugar al deseo y voluntad de la chica.

11 de agosto 2023, 11:50hs
Una jueza de Bell Ville le otorgó la guarda judicial de una adolescente a la "abuela del corazón".
Una jueza de Bell Ville le otorgó la guarda judicial de una adolescente a la "abuela del corazón".
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La Justicia de Córdoba le otorgó la guarda de una adolescente de 17 años a la pareja del abuelo fallecido. El régimen legal quedó estipulado hasta que la chica cumpla la mayoría de edad que es el 31 de junio del año próximo.

De acuerdo a lo que consta en la resolución judicial de Juzgado en lo Civil, Comercial y Familia de 2° Nominación de Bell Ville, la menor vivía desde los 2 años con su abuelo materno y la pareja, a la que consideró desde siempre su “abuela del corazón”. 

El hombre y la mujer de Bell Ville iniciaron los trámites en la Justicia de Córdoba para obtener la guarda de la menor, ya que se ocuparon de la crianza, educación y salud durante esos 15 años. Pese al fallecimiento del abuelo, la viuda continuó ante el deseo expreso de la nieta.

Finalmente, el tribunal hizo lugar al considerar que la “abuela del corazón” ocupó un lugar primordial en la vida de la adolescente durante estos años. En la sentencia se aclara que la menor tiene relación con su madre que vive al lado, pero “solo es para el cuidado de sus hermanos”, por lo que prefería quedarse con la pareja de su difunto abuelo. También se detalla que el padre “le pasaba la cuota alimentaria pero no les fue entregado nunca a ellos”.

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Si bien el artículo 657 del Código Civil y Comercial de la Nación dispone que en casos que niños, niñas y adolescentes no puedan vivir con sus progenitores “el juez puede otorgar la guarda a un pariente”. Como en esta situación el abuelo, único vínculo de parentesco, dejó de existir, la jueza Valeria Guiguet resolvió apartarse de la regla general. 

Luego de evaluar las cualidades personales de la guardadora, los aspectos habitacionales, condiciones socio-económicas y la calidad del vínculo, la magistrada concluyó que la viuda era la “única referente activa” de la adolescente tras la muerte del abuelo. De hecho, la menor ratificó que la mujer existía una relación de cariño y respeto.

“Teniendo en cuenta el buen vínculo que mantiene la joven con su guardadora, hoy es la prioridad para la adolescente y la alternativa que se considera adecuada que se legalice la situación que de hecho se está cumpliendo”, detalló la jueza. Por esta razón, le hizo saber que el tribunal quedaba a su disposición para atenderla en cualquier otra necesidad futura.

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