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Por primera vez despidieron a un policía en Córdoba por un caso de violencia de género doméstica

La cesantía fue ordenada por el Tribunal de Control Disciplinario de las Fuerzas de Seguridad. El acusado había golpeado a su pareja estando alcoholizado.

13 de junio 2022, 20:22hs
La decisión busca generar conciencia hacia el interior de la organización.
La decisión busca generar conciencia hacia el interior de la organización.

El Tribunal de Control Disciplinario, ordenó la primera cesantía de un miembro de las fuerzas de seguridad por un caso de violencia de género en el ámbito privado. La decisión rige sobre un suboficial de la Policía de Córdoba, que golpeó a su pareja en la vía pública estando alcoholizado.  

Hasta el momento, no se habían dictado medidas de este tipo para casos de violencia familiar y/o de género en espacios domésticos. Según señalaron desde el órgano rector en diálogo con ElDoce.tv, la decisión también buscó sentar precedente a través de “una sanción que ejemplifique”. 

En la práctica, esto implica que el suboficial perdió su cargo y fue despedido de la Policía.

El caso

Desde el Tribunal explicaron que la investigación confirmó que el acusado es culpable de haber golpeado a su pareja en la vía pública. 

En el fallo, se sostuvo que “emprender a golpes de puño contra una mujer, que además es su pareja, en un lugar público, habiendo consumido alcohol, claramente rompe las expectativas que la administración ha puesto en el funcionario público”.

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Además, remarcaron que no buscan “sancionar delitos (por no ser competentes), sino que sancionan acciones”. Esto quiere decir que la entidad no tiene el poder judicial para emitir una sentencia penal, pero que al haber comprobado los hechos, emitió la sanción administrativa mencionada.

Qué marca la ley

La legislación vigente indica “el máximo de la sanción divisible prevista para la falta se duplicará” cuando “configure una situación de violencia de género”.

A su vez, define a este delito como “toda conducta, acción u omisión que de manera directa o indirecta, tanto en ámbito público como privado, afecta la vida, la libertad, la dignidad, la integridad física, psicológica, sexual o económica de las mujeres”.

Teniendo esto en cuenta, la sanción remarca: “desde un punto de vista ético institucional, resulta inaceptable la permanencia en el servicio de un efectivo de una fuerza de seguridad, que tiene como principal función la de velar por el respeto de los derechos de los ciudadanos, cuando éste ha demostrado, en los hechos, un desprecio por las reglas básicas de la convivencia social”.

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