La Justicia rechazó el recurso de casación presentado por la familia de Mariana Ellena para cambiar la sentencia a “dolo eventual”. De esta manera, se negó la posibilidad de que los involucrados en la muerte de la joven vayan a prisión.
Los jueces ratificaron así la pena dictada en octubre de 2015 por la Cámara Cuarta del Crimen, en la que se sentenció a Gustavo Lucca por “conducción peligrosa” (por la “picada” callejera) y se le impuso 2 años y 4 meses de prisión condicional.
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En tanto que sobre Catriel B. cayó la pena de “homicidio culposo” y “conducción peligrosa”, ya que se comprobó que cruzó en rojo el semáforo de Chacabuco y Corrientes, en septiembre de 2011, y atropelló a Mariana.
Al ser menor el conductor, la Cámara Cuarta giró la causa a un juez penal juvenil para que disponga una serie de medidas correctivas, pero no la prisión.