Los integrantes de un matrimonio igualitario deseaban ser padres y acudieron a la técnica de reproducción asistida denominada gestación por sustitución en Bogotá, Colombia. Fue así como el 27 de enero de 2021 nació una niña, pero recién dos años después la Justicia de Córdoba les reconoció a los dos hombres el derecho a formar una familia.
El juzgado de familia de segunda nominación de la ciudad de Córdoba les otorgó el vínculo filiatorio tanto al hombre que aportó sus gametos como a su cónyuge, que también contaba con voluntad procreacional.
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El juez Gabriel Tavip destacó en la sentencia la importancia de garantizar el derecho a la identidad y el principio de igualdad en el reconocimiento de la filiación. Y reflexionó: “Rechazar un pedido importaría una acción violatoria del derecho a formar una familia y a la igualdad, presente como eje neurálgico del derecho de las familias”.
Por esta razón, remarcó que a partir del deseo manifestado por el matrimonio y de la voluntad de ser padres compartida, “el Estado Argentino debe garantizar el derecho a que esa hija, nacida por la utilización de la gestación por sustitución tenga la filiación matrimonial que corresponde, es decir de ambos miembros del matrimonio como sus dos padres”.