Un hombre con una enfermedad mental crónica fue detenido en más de 100 oportunidades en flagrancia, es decir, fue atrapado por la Policía de Córdoba cometiendo los delitos. Ante su crítico estado de salud mental, su asesora letrada presentó un habeas corpus.
En las últimas horas, el juez de Control Gustavo Hidalgo hizo lugar al recurso con el fin de evitar el ingreso irrestricto al penal ante hechos de escasa gravedad. El magistrado lamentó en la sentencia que “son numerosos los pacientes que ingresan al colectivo de los casos ‘intratables’ o ‘difíciles’, que no cuentan con dispositivos adecuados para el abordaje de su situación”.
Por esta razón, ordenó al Ministerio Público Fiscal que dicte una instrucción general para que se “abstengan de someterlo a medidas cautelares de encarcelamiento” cuando es atrapado en hechos calificados como de menor gravedad.
+ MIRÁ MÁS: El hermano del playero aclaró que “querían justicia, no venganza” contra los asesinos
Hidalgo remarcó que, en caso de detener al hombre con problemas de salud mental, se le realice antes una valoración médica de orden psicofísico para determinar en qué centro alojarlo para una eficaz atención.
En ese sentido, el juez de Control solicitó al Ministerio de Salud de la Provincia de Córdoba que le otorgue al paciente un tratamiento acorde a su diagnóstico.
A su vez, instó al Gobierno provincial a que les garantice el acceso a tratamientos de salud mental a personas privadas de su libertad. El objetivo es que haya dispositivos hospitalarios destinados a tal fin en las cárceles.
La salud del paciente
De acuerdo a la presentación realizada por la defensora pública Alfonsina Muñiz, el hombre tiene esquizofrenia, consumo problemático de sustancias psicoactivas y modos de vida marginales.
En el pedido del habeas corpus, la asesora letrada había remarcado que todas esas veces que detuvieron a su defendido lo enviaron a un centro penitenciario inapropiado para el tratamiento médico.
Además, advertía que el hombre detenido más de 100 veces había sido sometido a informes periciales que concluía que no contaba “ni con comprensión del sentido y objetivo de sus actos, ni de la situación en la que se encuentra inmerso, así como tampoco cuenta con conciencia de enfermedad”.