Un fallo con perspectiva de género revocó una sentencia anterior y trajo algo de paz a una víctima de abuso sexual. Ocurrió en Villa María.
La Cámara en lo Civil, Comercial, de Familia y Contencioso Administrativo falló a favor de una mujer que fue abusada cuando era niña por un vecino que era “amigo” de sus padres.
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El acusado murió en medio de la causa penal y por ello se había dictado el sobreseimiento del caso. Sin embargo la Justicia revisó la causa y, al estar demostrado el abuso sexual, ordenó que sus herederos deben indemnizar a la víctima.
Condena heredada
Los camaristas Augusto Gabriel Cammisa y Alberto Ramiro Domenech detallaron en el fallo que hubo exámenes y análisis que determinan que el abuso sexual existió y que, al fallecer el abusador, "la única condena que puede perseguir la víctima es el reclamo resarcitorio”.
La Justicia de Villa María aplicó perspectiva de género para el fallo.
“Existió una clara desigualdad de poder y donde la víctima se ubica en una posición de inferioridad y sumisión respecto del victimario”, explicaron además los jueces ya que “el varón adulto se vio favorecido por la situación de vecindad, amistad y confianza entre las familias”.