A pocos días de la vuelta a clases, el Gobierno nacional anunció que los empleadores deberán otorgarles licencia laboral a uno de los padres o adultos encargados de menores, cuando la jornada escolar sea "reducida" o, directamente, no se dicten clases presenciales durante el día.
Así lo dispuso el Ministerio de Trabajo en una resolución firmada por Claudio Moroni en las últimas horas, que se publicará próximamente en el Boletín Oficial.
La medida regirá para todo el país y dispone que "se considerará justificada la inasistencia del progenitor, progenitora o persona adulta a cargo cuya presencia en el hogar sea indispensable para el cuidado del niño, niña o adolescente".
Esto se aplicará solo en dos casos particulares:
- Los días en que los chicos no concurran a clases presenciales en el establecimiento educativo respectivo.
- Los días que concurran con jornada presencial reducida y no pueda cumplirse la jornada escolar normal y habitual del establecimiento educativo correspondiente.
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Además, la resolución establece que “sólo un progenitor o persona responsable por hogar” podrá acceder a la justificación de falta al trabajo por el motivo de cuidado de los hijos. De esta manera, la persona que acceda a la licencia deberá notificar a su empleador mediante una declaración jurada.