El Juzgado de Competencia Múltiple de Corral de Bustos resolvió otorgar una compensación por daño moral a la novia de un joven fallecido en un choque. La relación llevaba pocos meses, pero el tribunal entendió que existía un plan familiar truncado.
El juez Claudio Gómez sostuvo que la muerte del hombre afectó de manera directa el futuro personal de la demandante, ya que ambos esperaban un hijo y habían asumido responsabilidades compartidas, según surgió de testimonios incorporados a la causa.
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El hecho ocurrió sobre la Ruta Provincial 58, en cercanías del cruce con la Ruta 11, cuando una camioneta invadió el carril contrario y embistió de frente a la motocicleta que conducía la víctima, quien murió en el lugar.
Los responsables del vehículo y la aseguradora rechazaron el reclamo al señalar que la ley solo habilita a familiares directos o convivientes a pedir indemnización. Argumentaron además que el noviazgo era reciente y no existía vida en común.
No obstante, el magistrado aplicó una interpretación amplia de la normativa civil y remarcó que el derecho protege los lazos afectivos reales. Así, condenó a los dueños del rodado a pagar 10 millones de pesos a la mujer por el perjuicio sufrido y 42 millones al hijo por alimentos futuros, pérdida de ingresos y daño moral.


