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Demandó al banco y ganó: ordenan que deje de debitar la tarjeta antes del vencimiento

Un fallo judicial obligó a una entidad bancaria a cesar una práctica que afectaba a los clientes. Los detalles de la decisión de la Justicia.

12 de marzo 2026, 09:41hs
El fallo fue dictado por el Juzgado Civil y Comercial Nº 6 de Corrientes.
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Un fallo del Juzgado Civil y Comercial Nº 6 de Corrientes marcó un precedente importante en defensa de los usuarios del sistema financiero. La Justicia ordenó al Banco de Corrientes S.A. que deje de debitar automáticamente el total de la tarjeta de crédito antes de la fecha de vencimiento del resumen.

La resolución fue dictada por la jueza Sonia Elizabeth Filipigh, quien hizo lugar a la demanda presentada por un cliente que denunció que el banco le retiraba el dinero de su cuenta varios días antes del vencimiento del pago.

El demandante era titular de una tarjeta de crédito Visa emitida por el Banco de Corrientes. Según explicó en la causa, la entidad bancaria debitaba automáticamente el saldo total del resumen desde su cuenta bancaria antes de la fecha límite de pago.

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La situación se repetía de manera sistemática. En algunos casos, el descuento se realizaba apenas se acreditaban sus haberes, lo que le impedía disponer libremente de su dinero. El cliente argumentó que esa práctica era abusiva, ya que el contrato firmado con la entidad indicaba claramente que el pago debía efectuarse hasta la fecha de vencimiento del resumen, no antes.

Al analizar el contrato, la jueza Filipigh concluyó que la autorización del cliente solo permitía debitar el dinero al momento del vencimiento, por lo que la entidad no estaba habilitada a hacerlo de forma anticipada.

En el fallo, la magistrada remarcó que retirar fondos antes del plazo establecido priva al usuario de disponer de su dinero durante ese período, lo que puede generarle un perjuicio económico.

Un precedente para otros usuarios

La sentencia ordena al Banco de Corrientes cesar de inmediato con esta práctica y además establece que las costas del proceso deben ser asumidas por la entidad bancaria.

El fallo se encuadra dentro del régimen de defensa del consumidor y refuerza el criterio de que los bancos no pueden modificar unilateralmente las condiciones pactadas con los clientes, ni siquiera a través de sistemas automatizados.

La decisión judicial sienta así un precedente relevante para otros usuarios que puedan enfrentar situaciones similares, al confirmar que las entidades financieras deben respetar estrictamente las fechas de pago establecidas en los contratos.

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