El Gobierno nacional eliminó el régimen mediante el cual compensaba económicamente a las empresas de transporte de larga distancia por los pasajes gratuitos destinados a personas con discapacidad, trasplantadas y pacientes oncológicos.
Sin embargo, desde Nación aclararon que la medida no modifica el derecho de los usuarios a viajar sin costo. Por lo tanto, las compañías continuarán obligadas a entregar boletos gratuitos a los grupos alcanzados por la ley.
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La decisión quedó formalizada a través de la resolución 28/2026 de la Secretaría de Transporte, publicada en el Boletín Oficial. La normativa dejó sin efecto el sistema de compensaciones que regía desde 2018 para las empresas de transporte interjurisdiccional.
Cómo pedir el pasaje gratuito
Para acceder al beneficio, el pasajero debe contar con DNI y la documentación correspondiente, según su situación. La reserva puede hacerse de manera online o presencial en la boletería de la empresa de transporte.
En caso de realizar el trámite por internet, el beneficiario debe ingresar al Sistema de Solicitud de Pasajes de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) y completar los datos solicitados.
La empresa tiene la obligación de otorgar el boleto reservado y debe enviarlo hasta 48 horas antes de la salida del servicio. Si el pasajero cuenta con certificado de discapacidad que no sea CUD, necesita tener el alta como persona usuaria del sistema.
Quienes prefieran hacer la gestión en boletería deberán presentarse con el certificado de discapacidad y el DNI al menos 48 horas antes del viaje. El trámite también puede ser realizado por un representante legal.
En el caso de personas con credencial INCUCAI, el pasaje puede solicitarse el mismo día de la salida.
Control de la CNRT
La resolución del Gobierno ratificó que la CNRT estará a cargo de fiscalizar que las empresas cumplan con la entrega de pasajes gratuitos. El organismo deberá mantener los mecanismos de control y seguimiento para garantizar que el beneficio continúe vigente.
En los fundamentos de la medida, la Secretaría de Transporte sostuvo que el régimen de compensaciones perdió sentido tras la entrada en vigencia del Decreto 883/2024, que avanzó con la desregulación del transporte de larga distancia.
De todos modos, el texto oficial remarcó que “el derecho de los usuarios a viajar sin costo permanece plenamente vigente y exigible”.