Este jueves, a través de una resolución publicada en el Boletín Oficial, el Gobierno derogó el régimen de información para la transferencia de autos y motos usados radicados en el país.
La medida implica la eliminación de los requisitos y condiciones para la obtención del Certificado de Transferencia de Automotores (CETA) en operaciones de transferencia de vehículos.
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Este certificado era uno de los trámites que debía presentarse al momento de realizar la transferencia de autos y motos radicados en el país, de los cuales sean titulares de dominio.
Según informó la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip), la decisión se dio en un contexto en el que el objetivo es modernizar el organismo, utilizar herramientas digitales, simplificar procesos y eliminar costos innecesarios.
“El organismo se encamina hacia el objetivo fundamental del Estado Nacional de constituir una Administración Pública ágil y transparente que se enfoque en facilitar el desarrollo de las actividades del ciudadano en un marco de eficiencia, eficacia y calidad en la prestación de los servicios”, detalló el comunicado de la Afip.
Qué es el CETA, el certificado eliminado por la Afip
Se trata de un documento, hasta este jueves, obligatorio que debían solicitar las personas humanas, las sucesiones indivisas y jurídicas del país (o residentes en el exterior), con relación a la transferencia de automotores y motovehículos usados radicados. El vendedor del vehículo era el encargado de completar el documento y se podía realizar por internet.
Luego de la última actualización en abril, el organismo recaudador aplicó su efectivización en aquellas operaciones que superaran los 10.919.766 pesos, sin embargo, este tope quedó reconfigurado.