En diciembre, el salario de las empleadas domésticas se rige por las cifras del mes anterior, donde percibieron un aumento retroactivo del 6 por ciento. De esta forma, cobrarán lo mismo que en noviembre.
En ese momento, el esquema de incrementos fue el siguiente:
- Sueldo de septiembre: 3,2 por ciento de aumento sobre el sueldo de agosto de 2024
- Sueldo de octubre: 2,8 por ciento de aumento sobre el sueldo de septiembre de 2024
Cabe remarcar que el acuerdo entre la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP) y el gremio del sector no está homologado y no figura en el sitio oficial. Mientras no haya un nuevo pacto, se tomarán como referencia esas cifras.
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Al salario de este mes se le suma el aguinaldo, el cual corresponde a la remuneración mensual más alta recibida en el semestre. Se debe abonar antes del miércoles 18 de diciembre.
Salarios por hora y mensual de empleadas domésticas
De acuerdo a lo que publicó La Nación, los valores mínimos de referencia para quienes trabajan en casas particulares por hora son:
- Por hora con retiro: 2.939 pesos
- Por hora sin retiro: 3.169 pesos
Estos montos rigen para las personas que trabajan menos de 24 horas para un mismo empleador.
En tanto, el salario mensual de las empleadas domésticas en diciembre de 2024 es:
- Mensual con retiro: 360.500 pesos
- Mensual sin retiro: 400.872 pesos
Los valores están dirigidos a quienes trabajen 24 o más horas por semana para un mismo empleador, tal como indica la ley n° 26.844. Solo enmarca el sueldo, sin tener en cuenta los aportes jubilatorios, la obra social y la antigüedad.
Vacaciones
Las empleadas domésticas pueden tomarse vacaciones dependiendo de su antigüedad al 31 de diciembre del año anterior al que descansarían. Para acceder al beneficio en forma completa se debe haber trabajo al menos seis meses del año calendario regular y habitualmente.
- Días de vacaciones según antigüedad:
- De seis meses a cinco años: 14 días corridos
- De cinco a diez años: 21 días corridos
- De diez años a veinte años: 28 días corridos
- Más de veinte años: 35 días corridos
En tanto, si la antigüedad es menor a seis meses pueden tomarse un día por cada 20 de trabajo efectivo. El mínimo varía entre uno y cinco días según la cantidad de semanas que haya trabajado.
- Un día si se trabajaron entre 4 y 7 semanas
- 2 días si se trabajaron entre 8 y 11 semanas
- 3 días si se trabajaron entre 12 y 15 semanas
- 4 días si se trabajaron entre 16 y 19 semanas
- 5 días si se trabajaron más de 20 semanas
El tiempo en el que se pueden tomar las vacaciones es desde el 1° de noviembre de 2024 hasta el 30 de marzo de 2025. Las empleadas pueden fraccionarlas y acordar con el empleador para tomárselas en distintos momentos del año.