La Provincia de Córdoba puso primera para avanzar con una reforma clave: prohibir la presencia de naranjitas ilegales y limpiavidrios en las calles. El ministro de Seguridad, Juan Pablo Quinteros, confirmó que este viernes la Comisión de Seguridad de la Legislatura tratará el proyecto que modifica el Código de Convivencia.
La iniciativa tiene tres ejes centrales: fin a los naranjitas ilegales, prohibición de limpiavidrios y multas a familias que no cumplan con el calendario de vacunación obligatoria.
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Quinteros explicó que el objetivo es “orden público, convivencia y paz social para los cordobeses”. Según el funcionario, el orden público requiere que los tres poderes del Estado trabajen juntos para “prevenir y combatir el delito, protegiendo la vida y los bienes de los cordobeses de bien”.
En sus redes sociales, sostuvo: “Necesitamos aggiornar nuestro código contravencional a un contexto socioeconómico complejo y dinámico, que exige al Estado Provincial cada vez más y mejores herramientas para consolidar el orden público”.
Además, Quinteros instó a los legisladores de todos los bloques a “dar una discusión seria, que anteponga la paz y tranquilidad de los cordobeses a la politiquería mezquina y personalista que no transforma ninguna realidad”.
Cómo impacta la reforma en los naranjitas y limpiavidrios
Sobre los naranjitas, la reforma modifica el artículo 60 del Código de Convivencia y establece que: “Serán sancionados quienes, sin acreditar habilitación de la autoridad competente, exigieren retribución económica por permitir el estacionamiento o alegar el cuidado de vehículos en la vía pública”.
La norma fija sanciones que incluyen trabajo comunitario, multa o arresto, y dispone “el máximo de la sanción se duplicará cuando la conducta se realice en inmediaciones de espectáculos públicos, deportivos, artísticos o culturales”.
Respecto a los limpiavidrios en las calles, el texto señala: “Serán sancionados quienes ofrecieren, realizaren o intentaren realizar la limpieza de parabrisas, vidrios u otras superficies de vehículos detenidos o en circulación, en la vía pública o en lugares de acceso público”.

Se aclara que la prohibición alcanza especialmente a “cruces semaforizados, calzadas, banquinas, playas de estacionamiento de uso público o zonas de detención momentánea, aun cuando no mediara solicitud previa del conductor”.
Al igual que en el caso de los naranjitas, las sanciones se agravan cuando estas conductas se desarrollan en el marco de espectáculos o eventos masivos.



