Oscar González fue condenado por la tragedia de las Altas Cumbres y el juez Santiago Camogli anticipó algunos de los argumentos que tuvo en cuenta en su decisión. El exlegislador provincial fue declarado responsable por el choque en el que murió Alejandra Bengoa y resultaron gravemente heridas Marina Szulewicz y Alexa Miranda.
La pena es de tres años de prisión de ejecución condicional, por lo que no irá a la cárcel, además de ocho años de inhabilitación para conducir y las costas del proceso. Fue declarado culpable de homicidio culposo agravado y lesiones culposas agravadas por la conducción imprudente de un vehículo.
Antes de que se conozcan los fundamentos completos, Camogli marcó dos diferencias con el planteo de la fiscal Analía Gallaratto: la valoración de la edad del acusado al momento de fijar la pena y la importancia que tuvo en el hecho el sobrepaso realizado previamente por el Renault Sandero.

El sobrepaso que el juez consideró clave
Durante el juicio se discutió especialmente la maniobra realizada por Bengoa antes del choque. La pericia oficial determinó que el impacto ocurrió en el carril por el que circulaba el Sandero, luego de que la BMW conducida por González invadiera la mano contraria.
Camogli sostuvo que la fiscal tuvo por acreditado el sobrepaso del Sandero a un camión, pero consideró que no le otorgó la relevancia suficiente dentro de la mecánica del accidente.

“Si bien dio por sentado el sobrepaso del vehículo Sandero al camión no le dio trascendencia en el accidente, yo entiendo que tuvo una importancia dirimente, no al punto de eximir de responsabilidad al imputado como sus defensores han pretendido pero debo ese elemento tenerlo en cuenta a la hora de edificar una pena y la modalidad de la misma”, expresó.
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De esta manera, el juez descartó que aquella maniobra permitiera absolver a González, como había solicitado la defensa, aunque adelantó que sí tuvo peso al momento de definir la condena.
Los abogados Miguel Ortiz Pellegrini y Eduardo Caeiro habían sostenido durante el debate que la responsabilidad correspondía a Bengoa por un adelantamiento indebido y reclamaron la absolución del exlegislador.
La edad de González, un atenuante
Camogli también se apartó de la postura de Gallaratto respecto de la edad del acusado. Mientras la fiscal la había considerado un agravante, el magistrado entendió que debía operar en sentido contrario al establecer la pena.
“Si bien he compartido en términos generales el alegato de la señora fiscal, entiendo que hay dos elementos que uno yo no comparto y otro no valoró. Valoró como agravante la edad del imputado y yo creo que 79 años a la hora de imponer una pena es un atenuante”, señaló.

Gallaratto había solicitado 3 años y 10 meses de prisión y 10 años de inhabilitación para conducir. La querella, en tanto, había pedido seis años bajo la figura culposa, después de que quedara descartada durante el juicio la posibilidad de avanzar con una acusación por homicidio simple con dolo eventual.
Sin embargo el juez advirtió “serias deficiencias” e indicó que no tuvo en cuenta los alegatos de los abogados de las víctimas.
La explicación completa sobre cómo Camogli valoró las pruebas y determinó la responsabilidad de González quedará plasmada en los fundamentos de la sentencia, que serán leídos el 12 de noviembre a las 12.



