El Banco Central oficializó el valor de la tasa de interés que se aplicará en las compras de crédito para enero. Desde este lunes será de 140,86 por ciento nominal anual.
“El valor de la tasa de interés del sistema financiero para operaciones de préstamos personales sin garantía real que se menciona en el punto 2.1.2. de la sección 2 de las normas sobre ‘Tasas de interés en las operaciones de crédito’, correspondiente a la información de diciembre 2023, será aplicable para las operaciones del ciclo de facturación de enero 2024″, precisaron en una comunicación.
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De acuerdo a lo que explicaron, la tasa regirá para quienes no paguen el monto mínimo mensual de la tarjeta de crédito y se aplicará sobre el importe no cancelado exigible. Dicho monto mínimo es la menor cantidad requerida por las entidades bancarias para mantener la tarjeta de crédito y no endeudarse.
En otro texto informaron que la tasa no podrá ser más alta que el 25 por ciento del promedio del sistema financiero para los préstamos personales sin garantía real.
Uso de la tarjeta
La página web Justicia Cerca brinda las claves que hay que tener en cuenta al momento de usar la tarjeta de crédito para evitar pago de intereses.
Por un lado, detalla que existen varias formas de pago. Una es el pago total que significa abonar todas las cuotas del mes y cumplir con los términos. Y la otra es el pago parcial, que consiste en abonar un monto mayor al pago mínimo pero no el total. La diferencia quedará como saldo pendiente y generará intereses.
Cabe remarcar que si se hace solo el pago mínimo los intereses serán por el saldo restante debido a que la tarjeta es quien está financiando esos gastos.
La última opción es el pago mínimo, que comprende el pago de intereses adicionales que se calculan por el tiempo y el monto adeudado. Para evitar deudas, lo óptimo es pagar el monto total o un saldo alto para que el refinanciamiento sea en un monto bajo.
Por otro lado, Justicia Cerca subraya que si el cliente se atrasa en el pago de la tarjeta el banco no puede cobrar una multa pero sí aplicar intereses. Para evitarlo se debe tener en cuenta la fecha de vencimiento que está detallada en el resumen mensual.
Si el resumen vence y no se hizo el pago se tomará como una deuda y desde allí empiezan a correr los intereses que pueden ser compensatorios y punitorios. Los primeros son los que se aplican para compensar la deuda sobre el monto convenido, mientras que los otros “castigan” la deuda aplicando más recargos.