Otro año más en donde hay que lamentar que las clases en Córdoba no comiencen a término. El lunes 5 de marzo, los alumnos iban a iniciar el ciclo lectivo, pero es probable que se pase para el miércoles 7. Según informó el secretario general de la Unión de Educadores de la Provincia de Córdoba (UEPC), Juan Monserrat, “se va a ver resentido”.
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Este lunes el Gobierno les ofreció un aumento salarial del 15 por ciento más cláusula gatillo. Esta oferta sería dividida en tres partes: un 8 por ciento desde febrero hasta mayo, un 5 por ciento más de junio hasta agosto y el restante 2 por ciento a partir del mes de septiembre.
Esa cláusula fue solicitada por el mismo sindicato y su aplicación sería sobre la totalidad neta que perciben los docentes. Esto quedaría incluido el Fondo Nacional de Incentivo Docente. “Obviamente que si se supera el 15 por ciento de inflación, la cláusula gatillo va a compensar inmediatamente el salario en el mes que se produzca”, aseguró el secretario general de la UEPC.
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Mientras el gremio cordobés analiza la propuesta, anunciaron que se unirían al paro nacional convocado por CTERA: “Nosotros adherimos, sea de 24 o 48 horas”, indicó Monserrat en diálogo con los medios.
Desde la página oficial de la UEPC dieron a conocer los principales aspectos de la propuesta del Gobierno Provincial:
1.Clausula Gatillo: se aplica la CLAUSULA GATILLO, en los mismos términos que en el año 2017.
2.Cálculo de la Clausula Gatillo: la aplicación de la Clausula Gatillo se calcula sobre la totalidad neta que percibe el docente en actividad, por lo que se incluye en el mismo los aportes nacionales que integran el salario (Fondo Nacional de Incentivo Docente ).
3.Adelantos: se adelanta a la Clausula Gatillo el 15 % de incremento salarial en tres tramos:
- 8 % en Febrero.
- 5 % en Junio (con el consecuente impacto sobre el medio aguinaldo).
-2% en Setiembre.
Los dos primeros adelantos componen un incremento de 13% en el primer semestre del corriente año.
4.Revisiones a la Clausula Gatillo: si la inflación es mayor a 8 % entre Enero y Mayo; del 13 % entre Junio y Agosto; o del 15 % entre Setiembre y diciembre, se corrige el porcentual desde el mismo mes en que se supera dichos porcentajes.
5. Se toma la inflación desde el mes de Enero a Diciembre de 2018.
6. Se da cumplimiento al Acta del 2017 por lo que la 3ra. Cuota del Blanqueo del Material Didáctico y la elevación al 150% de antigüedad para los docentes de 30 o más años de servicio, es abonado desde el mes de Febrero de 2018.
7. Jubilados: el porcentual de aumento para los Jubilados será igual al de los activos. Es decir, 8 % en Febrero; 5 % más desde junio y 2 % más a partir de Setiembre. Si la inflación es mayor, la diferencia porcentual que corresponda se aplica también automáticamente a los pasivos.
8. Cargos testigos: el salario de Bolsillo del Maestro de Grado Inicial sin antigüedad, queda fijado para el mes de Febrero del corriente año en $ 16.480 ( $ 1.220 pesos más de lo que cobró en diciembre - $ 15.260 - )
9. Aportes: a partir del mes de Febrero el Aporte Personal se reduce un 1 % (13,5 %). Por el artículo N° 7 de la Ley 8024, se deben compensar la reducción de Aportes Personales con contribuciones patronales, por lo que a partir de Febrero lo que aporta la patronal a la Caja de Jubilaciones sube un 1 % (26,5 % )