Desde hoy los monotributistas de la categoría “E” deberán emitir factura electrónica, según lo resuelto por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
Es decir para los contribuyentes que cuentan con ingresos anuales entre 322.575 y 430.101 pesos, tendrán que emitir sus facturas en forma electrónica y el papel quedará reservado para los casos en que, por fallas técnicas, no se pueda utilizar la función online.
+MIRÁ MÁS: Aumentan los peajes de todos los accesos a Córdoba
La medida también alcanza a los contribuyentes que están exentos del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y a los que emiten sus comprobantes en el domicilio de los clientes, que deberán usar el facturador online.
Además, es importante tener en cuenta que los contribuyentes que utilizan los equipamientos denominados "controladores fiscales", que emiten tickets en lugar de facturas, deberán emitir facturas electrónicas para respaldar las operaciones de compraventa de cosas muebles, locaciones o prestaciones de servicios y también para las señas que fijen un precio.
Los comprobantes electrónicos que deberán emitirse de esta forma son: facturas, notas de débito o de crédito tipo "A", "B", "C" y "E".
+MIRÁ MÁS: YPF volvió a aumentar sus naftas: la súper, por encima de los 40 pesos
Con la incorporación de la categoría “E” a las que ya facturaban electrónicamente (de F a K), el cronograma en el que se irán sumando las demás escalas será:
D: 1 de diciembre 2018
C: 1 de febrero de 2019
B: 1 de marzo de 2019
A: 1 de abril de 2019