Desde ahora, el complicado trámite para dar de baja los servicios de telefonía, cable, internet y TV satelital deberá ser más sencillo, según la resolución 316/2018 del Ministerio de Producción.
"Los proveedores de servicios que posean páginas web (...) deberán tener, a simple vista y en el primer acceso, el link mediante el cual el consumidor podrá solicitar la baja del servicio contratado", se lee en el documento.
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Al pedir la rescisión, comenzará a correr un plazo de 24 horas para que el cliente reciba el código de identificación de la baja. Éste deberá enviarse por el mismo medio que la solicitud inicial.
Además, las compañías que posean mecanismos de contratación vía telefónica, electrónica o medios similares, deberán conformar una base de datos obligatoria con la siguiente información:
- Datos de identidad del usuario;
- Número de cliente;
- Fecha de contratación del servicio y medio por el que se efectuó;
- Fecha y hora en la que se solicitó la baja del servicio y medio por el que se efectuó;
- Asignación de código de rescisión;
- Modo en el que concluyó el trámite, incluso en los casos en los que el consumidor decida continuar con la contratación.
La resolución completa puede leerse en este enlace.