Un hombre de Murcia, España, consiguió que la Justicia reconociera su reclamo y le otorgara una indemnización de 20 mil euros luego de que una cirugía para tratar una enfermedad en el pene terminara con una reducción de seis centímetros en su miembro. El fallo consideró que el paciente no fue debidamente informado sobre los riesgos de la intervención.
Todo comenzó en octubre de 2011, cuando el hombre, que por entonces tenía 52 años, consultó a su médico por una erección dolorosa y una curvatura en el pene. Tras ser derivado al servicio de urología del Hospital Santa María del Rosell, recibió el diagnóstico de enfermedad de Peyronie, una patología que provoca la formación de tejido fibroso, curvatura y dolor durante la erección.
El primer intento fue un tratamiento farmacológico, pero al no obtener resultados, los médicos recomendaron una cirugía llamada corporoplastia. La operación, realizada en octubre de 2012, tuvo consecuencias inesperadas: el paciente sufrió disfunción eréctil, dolor persistente y una reducción significativa en la longitud del pene, lo que le impidió mantener relaciones sexuales con normalidad.
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El hombre denunció que nunca fue advertido de estos riesgos y que tampoco le respondieron cuando pidió ser derivado a otro centro. Por eso, presentó una demanda en la que reclamó más de 67.000 euros por daños fisiológicos, estéticos y el agravamiento de trastornos mentales.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia analizó el caso y descartó que hubiera existido mala praxis médica. Según la sentencia, la intervención estaba indicada desde el punto de vista clínico y se realizó siguiendo los estándares médicos. Además, las secuelas —como el acortamiento del pene o las dificultades funcionales— son riesgos inherentes a la técnica y están documentados en la literatura médica.

Sin embargo, el tribunal sí encontró una falla grave en el consentimiento informado. Aunque el paciente firmó un documento antes de la operación, la Justicia consideró que la información fue demasiado genérica y no le permitió tomar una decisión realmente libre y consciente.
El fallo remarcó que no quedó constancia de que el paciente fuera advertido de la alta probabilidad de que la cirugía no resolviera el problema original ni de que el acortamiento del pene era una consecuencia frecuente e inevitable. Tampoco se le explicó el posible impacto negativo en su vida sexual.
Por eso, aunque la indemnización final fue de 20.000 euros —un 40% de lo que el hombre había reclamado—, la Justicia reconoció que el paciente no pudo elegir con total conocimiento de causa y que esa falta de información fue determinante en el daño sufrido.



